Profesorado

Acreditación del PDI – Convocatorias

 

Preguntas Frecuentes

 

Solicitud

1. Si me he presentado anteriormente a una convocatoria de Acreditación. ¿Puedo recuperar mis datos o tengo que introducirlos de nuevo?

Siempre que haya solicitado la acreditación a partir de la convocatoria general 2011, la aplicación le dará la opción de volcar y recuperar los datos de la solicitud anterior.

2. ¿Puedo presentarme a la misma figura en diferentes campos de conocimiento?

Se podrá solicitar la acreditación a la misma figura contractual para dos campos de conocimiento como máximo. Serán dos solicitudes distintas que deberán ser formalizadas por separado (incluyéndose además el pago de dos tasas diferenciadas, una para cada solicitud de evaluación).

3. ¿Puedo modificar la solicitud una vez cerrada?
No se podrá modificar la solicitud una vez cerrada. Será necesario eliminar la solicitud y volver a realizar una nueva.
4. ¿Puedo seguir subiendo justificantes de méritos una vez cerrada y formalizada la solicitud?

Se pueden adjuntar justificantes de méritos hasta el último día de la fecha final de la convocatoria, aunque se haya formalizado la solicitud en la administración electrónica del Gobierno Vasco.

5. ¿Cómo puedo saber si he realizado correctamente la solicitud?

Una vez formalizada la solicitud mediante firma electrónica en la sede electrónica del Gobierno Vasco y en el momento en el que desde Unibasq se compruebe que se cumplen los requisitos y que se ha realizado correctamente la firma y el pago de la tasa, en la aplicación informática la solicitud constará como “Admitida a evaluación”.

Se ha de tener en cuenta que no se trata de un procedimiento automático, ya que conlleva la comprobación de una serie de requisitos legales y formales por parte de Unibasq.

6. ¿Cómo debo realizar el pago de la tasa?

El pago de la tasa se realizará mediante la pasarela de pagos en la propia sede electrónica del Gobierno Vasco. Se deberán seguir los pasos siguientes:

Paso 1. Una vez firmada y enviada la solicitud, deberá acceder a la pasarela de pagos de las Administraciones Vascas desde MI CARPETA, apartado “pagos”.

Paso 2. Rellenar el formulario con los datos que encontrará en la carta de pago y pulsar el botón Aceptar.

Paso 3. Validar que los datos introducidos son correctos y pulsar el botón Proceder al pago.

Paso 4. Seleccionar la Entidad colaboradora en la que desea realizar el pago y pulsar el botón Aceptar.

Una vez finalizada la operación, la Entidad colaboradora le expedirá un justificante del pago efectuado.

El cobro de la tasa será únicamente cuando la solicitud sea admitida a evaluación, de lo contrario el importe de la tasa se devolverá mediante transferencia bancaria.

Se deberá realizar un pago del importe de la tasa por cada figura solicitada, ya que la evaluación se realiza por solicitud y cada una de ellas conlleva una resolución.

7. ¿Dónde puedo consultar la resolución y el desglose de puntuación?

La Resolución de Evaluación, expresará el carácter positivo o negativo de la evaluación, según corresponda, y la figura contractual para la que se realiza. Asimismo, en el caso de que la evaluación sea desfavorable se podrá acceder al informe de evaluación realizado por el Comité correspondiente a través de la aplicación informática en la que se realiza la solicitud.

La notificación de los resultados se realizará mediante resolución de la Dirección de Unibasq de forma conjunta en el tablón electrónico de anuncios del Gobierno Vasco (https://www.euskadi.eus). La fecha de publicación en el tablón electrónico de anuncios de esta resolución constituye la fecha formal de notificación de la resolución a todos los efectos. En los días posteriores a dicha publicación se envía la resolución de forma individualizada mediante la administración electrónica.

Criterios

8. Cuento con un título de doctorado de una universidad extranjera, pero sin declaración de equivalencia por parte de universidades del Sistema Universitario Vasco ni de otras universidades del Estado, ¿Se considera como mérito a efectos de mi solicitud?

La Normativa que regula el programa de acreditación del PDI de Unibasq no establece limitación alguna en ese sentido. Podrá solicitar la evaluación e incluir su mérito, pero si se le otorgara una acreditación favorable dicha acreditación no tendría implicación ni validez alguna a efectos de equivalencia de su título de doctorado.

 

9. ¿Qué significa acreditar méritos equiparables a periodos de actividad investigadora reconocidos de acuerdo con las previsiones del Real Decreto 1086/1989, de 28 de agosto, de retribuciones del profesorado universitario y con las modificaciones que se han realizado del mismo?

Se refiere a que se acrediten méritos equiparables a los Sexenios de investigación. El profesorado universitario podrá someter la actividad investigadora realizada cada seis años a una evaluación en la que se juzgará el rendimiento de la labor investigadora desarrollada durante dicho periodo, con el objeto de que les sea reconocido un complemento de productividad.

Los Ikertramos evaluados por Unibasq se consideran equiparables a los Sexenios de investigación.

Méritos

10. ¿En el caso de tener uno o varios sexenios de investigación o Ikertramo/s reconocido/s debo indicar en la solicitud las publicaciones (con su información específica correspondiente) o ya se me asignarían una serie de puntos en función de las referencias indicadas en el protocolo de evaluación?

Depende del caso. Solamente estarán exentas de recoger cada una de las publicaciones las personas acreedoras del número de sexenios de investigación o Ikertramos máximo que se establece como referencia para otorgar la puntuación máxima del apartado correspondiente a las publicaciones. Por ejemplo,  para la figura de Profesorado Agregado el máximo se alcanza con la acreditación de contribuciones equiparables a dos sexenios de investigación o dos Ikertramos; si se cuenta con esos méritos no se deberán indicar las publicaciones. En el caso de tener sexenios de investigación o Ikertramos reconocidos pero no el máximo solicitado se deberán indicar todas las publicaciones con la información correspondiente solicitada para poder ser evaluadas por el comité de evaluación correspondiente. Por ejemplo, en el caso antes mencionado, si se cuenta con un sexenio de investigación o un Ikertramo se deberán incluir las publicaciones

11. ¿Se debe señalar en todas las publicaciones el índice de impacto de la revista? ¿Hay alguna base de datos en Internet que lo facilite?

Es muy importante indicar el índice de impacto de la revista. Para algunos campos de conocimiento las revistas indexadas pueden consultarse en la Web of Science (WOS): https://www.recursoscientificos.fecyt.es/[IH1] Para obtener información sobre los índices de impacto, la posición que ocupa una revista entre las de su especialidad, etcétera, puede dirigirse a los servicios de biblioteca de su universidad. El criterio para la valoración de las métricas relacionadas con la revista será el del año de publicación.

Los indicios de calidad de las revistas se refieren a diferentes aspectos, entre ellos: factor de Impacto, categoría o categorías en las cuales se incluye la publicación, posición de la revista en su categoría, cuartil y número de citas, entre otros.

Tal y como se subraya en la Guía de ayuda del programa solo se tendrán en cuenta las publicaciones que tengan indicios de calidad. 

12. ¿Cómo debo justificar los proyectos, contratos, grupos y redes de investigación o mi participación en un proyecto de investigación y en un contrato tramitado a través de la OTRI?

Se adjuntará una copia del certificado de la universidad o del órgano convocante en el que conste de modo especifico la participación de la persona solicitante en el equipo de trabajo y el importe de la financiación.

Tal y como se recoge en la Guía de ayuda la justificación de los proyectos con la firma del o de la IP no será válida, tan solo se aceptarán certificados emitidos a nivel institucional por órganos competentes. Por el contrario, no se aceptarán autocertificaciones ni certificaciones realizadas por personas físicas u órganos no competentes.

13. ¿Puedo incluir como mérito la evaluación positiva de una solicitud de grupo de investigación que sin embargo no obtuvo financiación?

Los proyectos, grupos redes o similares que hayan recibido una evaluación positiva, pero que no hayan recibido una financiación específica no serán valorados.

14. ¿Cómo puedo justificar la participación en proyectos como persona contratada?

Si no es el o la IP puede justificar el mérito presentando únicamente la copia firmada por la universidad o por la entidad convocante, o por una entidad con capacidad para gestionar contratos de investigación con personal universitario.

15. ¿Qué diferencia hay entre una “Ponencia” o “Comunicación” y una “Ponencia Invitada”, en un congreso?

“Ponencia” y “Comunicación” son aportaciones presentadas al Comité Organizador de un Congreso y que este puede aceptar o no; mientras que “Ponencia Plenaria” es una ponencia que ocupa un lugar prominente en un congreso o una reunión académica, contando con la invitación expresa del Comité Científico Organizador  a la persona solicitante en calidad de persona experta para su intervención plenaria. Una “Ponencia Plenaria” no es equivalente a una “Ponencia invitada”, que salvo una acreditación fehaciente relacionada con un Congreso de indudable tradición se identifica con una mera “Ponencia”.

 

16. ¿Cómo justifico los congresos?

Con el acta del congreso o con un certificado que indique la participación en el mismo.

17. ¿Dónde deben incluirse los Abstracts de Congresos?

En el apartado “Congresos”, en “Resúmenes extendidos de actas de congresos (proceedings)”.

18. ¿Cómo debo incluir la información sobre mi actividad docente?

Es importante que las personas solicitantes introduzcan sus méritos docentes por asignatura. Para facilitar la introducción de los datos, existe la opción de “duplicar” en la aplicación, que permitirá que se extienda el mérito seleccionado a otro curso o año posterior en el que se haya impartido la misma asignatura. De esta manera se evitará introducir de nuevo toda la información.

19. ¿Se tiene en cuenta el título de doctorado o los másteres que han dado acceso a él?

La obtención el título de doctorado es un requisito imprescindible por lo que solamente será evaluado si cumple los siguientes supuesto que indica el protocolo de evaluación:

Tesis Doctoral: se tendrá en cuenta únicamente la obtención del premio extraordinario y la consideración de tesis internacional. Las tesis redactadas y presentadas en euskera se valorarán con el mismo nivel que las tesis internacionales, siempre que hayan alcanzado la máxima calificación.

Los másteres que han dado acceso al título de doctorado no serán valorados.

 

Declaración de Veracidad

20. ¿Qué responsabilidades relacionadas con la veracidad se asumen al cumplimentarse la solicitud?

La persona solicitante deberá asumir al cerrar la solicitud que la información aportada, así como toda la documentación que se presenta, es cierta y completa y asume la correspondiente responsabilidad (Artículo 28.7, de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

La inexactitud, falsedad u omisión de carácter esencial de cualquier dato o información que se incorpore a una declaración responsable o a una comunicación, o la no presentación ante la Administración competente de la declaración responsable, la documentación que sea en su caso requerida para acreditar el cumplimiento de lo declarado, o la comunicación, determinará la imposibilidad de continuar con el ejercicio del derecho o actividad afectada desde el momento en que se tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar (Artículo 69.4, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

21. Tengo dudas a la hora de incluir un mérito en un apartado determinado, ¿Puede un error de interpretación ser entendido como una infracción de la veracidad?

Tanto la normativa de la convocatoria, las preguntas frecuentes, como los recordatorios que en ocasiones se incluyen en la aplicación tienen como objetivo minimizar el máximo posible las dudas y los problemas de interpretación. La información que se incluya debe cumplir con los requisitos establecidos en la normativa de la convocatoria.  Asimismo, se ha de analizar en detalle la convocatoria y las preguntas frecuentes que aclaran aspectos que pueden generar dudas para evitar infracciones de veracidad.

22. ¿Al hacer referencia a los indicios de calidad generales (por ejemplo, en la autoevaluación que se incluye en la solicitud para la figura del Profesorado Pleno) o específicos (por ejemplo, de un artículo) puedo incluir referencias a recursos de monitorización de la producción científica tales como a los perfiles de Google Académico (Google Scholar), Researchgate y similares?

Sí, se puede hacer referencia a este tipo de herramientas a modo de indicio de calidad, pero en dicho caso es responsabilidad de la persona solicitante que incluye dichas referencias cerciorarse de que la información que se incluye en estas referencias es veraz y no incluye errores tales como la atribución indebida de trabajos y/o citas académicas.

23. Cuento con un certificado de mi universidad que acredita mi pertenencia a un Grupo de Investigación, pero las fechas reales de mi participación no coinciden, dado que me incorporé al citado Grupo en una fecha posterior al inicio de su actividad, siendo esta última la fecha que por defecto consta en el certificado ¿Qué fecha de inicio debo incluir en el mérito?

Deberá incluir la fecha en la que se incorporó formalmente al Grupo. Es decir, deberá incluir las fechas reales que correspondan al periodo en el que contribuyó al citado Grupo de Investigación, de lo contrario se trataría de una inexactitud, falsedad u omisión de carácter esencial en la información suministrada.

Administración Electrónica

24. ¿Qué requisitos son necesarios para poder acceder a la administración electrónica?

Disponer de un medio de identificación y firma admitidos e indicados en el siguiente enlace.

La formalización de la solicitud sólo será mediante la administración electrónica

Guía de utilización de la Aministración Electrónica para la formalización de solicitudes

25. ¿Si por diferentes motivos no puedo firmar electrónicamente habría alguna opción para la formalización de la solicitud?

Una persona representante podría formalizar la solicitud por vía electrónica. El o la solicitante, deberá cumplimentar los datos de la persona representada de forma manual y aportar el Impreso normalizado de otorgamiento de representación voluntaria.

La persona representante firmará electrónicamente con su propio medio de identificación electrónica la solicitud (podrá acceder con las claves de la persona solicitante a la aplicación informática para acceder al enlace de la Sede Electrónica), en nombre de la persona física que otorga la representación, adjuntando el impreso anteriormente indicado.

Ambas personas recibirán las notificaciones.

26. ¿Puedo interponer un recurso de reposición por otro medio que no sea la administración electrónica?

No, solamente se aceptarán los realizados por este medio ya que no se admitirán los recibidos en papel o correo electrónico. Tal como indica la convocatoria los trámites posteriores a la solicitud, se realizan a través de MI CARPETA.


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Observatorio del Sistema Universitario Vasco

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