Profesorado
Complementos Retributivos del PDI – Convocatorias
Preguntas Frecuentes
Procedimiento
1.- ¿Quién establece la convocatoria para la asignación de complementos retributivos?
Corresponde al Consejo Social de la Universidad del País Vasco (en adelante EHU) establecer las bases de la convocatoria de complementos retributivos adicionales, a propuesta del Consejo de Gobierno de la Universidad. Unibasq no realiza la convocatoria, ni asigna los complementos, tan solo, realiza la evaluación de las solicitudes admitidas por la EHU a través de sus Comités de Evaluación.
2.- ¿Quién elabora el protocolo y los criterios de evaluación?
La Comisión Asesora de Unibasq, órgano independiente respecto a su Consejo de Gobierno. Según el artículo 9 de la Ley 13/2012, de Unibasq, la Comisión Asesora es el órgano técnico cuya función es garantizar la calidad y la credibilidad de las actividades de la agencia, siendo una de sus competencias la aprobación de protocolos y criterios de evaluación.
3.- ¿Quién verifica los requisitos legales necesarios para realizar la evaluación?
La EHU verifica los requisitos de antigüedad, la exigencia del doctorado necesaria para cada uno de los tramos de complementos y todas las cuestiones formales de la solicitud. Unibasq solo procederá a evaluar las solicitudes que según la EHU estén correctamente formulada.
Solicitud
Novedad: En el supuesto de que la persona solicitante desee que se evalúen los méritos correspondientes a toda su trayectoria académica, deberá indicar la fecha de inicio en la aplicación informática, en la pestaña «Conformidad».
4.- ¿Si me presenté a la convocatoria 2021, me puedo presentar a la vigente convocatoria de 2025?
No, porque los méritos a evaluar son hasta 31 de diciembre de 2025, por lo que no se ha generado un bloque mínimo de 5 años para solicitar la evaluación.
5.- ¿Puedo solicitar diferentes tramos en una misma solicitud?
Sí, la solicitud es única y podrá solicitar la evaluación de los tramos que considere.
6.- ¿Puedo modificar la solicitud una vez cerrada?
No, para tal fin tendrá que ponerse en contacto con la EHU e informar al respecto para que en el caso de que la solicitud esté dentro de plazo de presentación puedan solicitar la apertura que permita realizar los cambios necesarios.
7.- Si he obtenido una evaluación negativa del tramo B1 en convocatorias anteriores. ¿Puedo presentarme a esta convocatoria o tengo que esperar cinco años desde que obtuve la evaluación negativa?
No, no es necesario esperar cinco años. De manera excepcional cuando no se consiguen los 25 puntos necesarios para el acceso al tramo B1, la persona solicitante puede solicitar de nuevo la evaluación. Para el resto de los tramos objeto de evaluación (B2, B3, A1 y A2), la persona solicitante tiene que esperar cinco años para volver a solicitar la evaluación.
8.- Si me he presentado con anterioridad a una convocatoria de complementos y no he conseguido el tramo B1. ¿Puedo recuperar mis datos o tengo que introducirlos de nuevo?
Sí puede recuperar los datos. No obstante, tendrá que verificar que el tramo de años sometido a evaluación y los méritos son los mismos que ahora quiere que sean evaluados.
Si la persona solicitante dispone de solicitudes anteriores, podrá importar los datos de alguna de ellas. Para ello, deberá seleccionar la misma fecha de inicio que figure en una de dichas solicitudes.
Una vez establecida la fecha de inicio, podrá modificarla; no obstante, se le advertirá de que dicho cambio conllevará la eliminación de la solicitud y de todos los datos introducidos hasta ese momento, incluidos los tramos y los méritos.
En el supuesto de que la persona solicitante desee que se evalúen los méritos correspondientes a toda su trayectoria académica, deberá indicar la fecha de inicio en la aplicación informática, en la pestaña «Conformidad».
9.- ¿Puedo seguir subiendo justificantes de méritos una vez cerrada y formalizada la solicitud?
Se pueden adjuntar justificantes de méritos hasta el último día de la fecha final de la convocatoria, aunque la solicitud este cerrada. No obstante, deberá ponerse en contacto con la EHU para que en su caso puedan habilitar la opción de apertura de su solicitud.
10.- ¿Hay que pagar una tasa por solicitar la evaluación? ¿Cómo justifico el haber realizado el abono?
De acuerdo con la Ley de Presupuesto Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco para el ejercicio 2026, se establece una tasa de 50,69 euros a favor de Unibasq correspondiente a los derechos de evaluación.
Se deberá presentar justificante acreditativo de haber realizado el abono correspondiente, siguiendo para ello las instrucciones establecidas en el aplicativo informático. Sin el abono de la tasa no se considerará formalizada la solicitud correctamente. Quedan exentas del abono de la presente tasa quienes únicamente soliciten la asignación de los complementos del nivel C.
11.- ¿Dónde puedo encontrar el número de cuenta para realizar el pago?
El número de cuenta consta en el formulario de tasas, disponible en la aplicación informática.
12.- ¿Qué concepto debo indicar al realizar el pago de la tasa?
Número de DNI, nombre y apellidos de la persona que solicita ser evaluada.
Únicamente se pagará una tasa de 50,69 euros independientemente de los tramos solicitados.
13.- ¿Si solo solicito la evaluación del nivel C, tengo que pagar la tasa igualmente?
No, solo deben pagar la tasa aquellas personas que sometan sus méritos a evaluación, es decir, soliciten algún tramo de nivel A ó B.
El cobro de la tasa se realizará únicamente cuando la solicitud sea admitida a evaluación, de lo contrario el importe de la tasa se devolverá mediante transferencia bancaria.
14.- Tengo problemas con la aplicación informática, ¿a quién debo dirigirme?
La aplicación informática que se utiliza en esta convocatoria está gestionada de forma conjunta por la EHU y Unibasq.
Las dudas que tengan que ver con requisitos legales, formales, etc., las deberá dirigir a la EHU. Para ello remita sus dudas a: complementos.pdi@ehu.eus
Las dudas que tengan que ver con la evaluación, méritos, etc., las deberá dirigir a Unibasq. Para ello, remita sus dudas a: osagarriak@unibasq.eus
15.- Quiero solicitar los tramos del nivel A. ¿Qué debo hacer?
Marcar los tramos en la aplicación informática y adjuntar los justificantes correspondientes, así como un CV breve en formato habituales que permita a los Comités de Evaluación poner en contexto el recorrido de la persona solicitante.
Para la evaluación del tramo A2 la persona solicitante tendrá que adjuntar obligatoriamente su CV, así como el correspondiente autoinforme.
16.- Para el caso concreto del tramo A2, ¿Qué debo incluir en el autoinforme?
Para el caso concreto del tramo A2 la persona solicitante aportará un autoinforme a modo de autoevaluación, donde se indicarán las cuatro aportaciones más relevantes de su trayectoria académica. Dicho autoinforme no tiene una extensión cerrada y cumple una función muy importante para el Comité de Evaluación de la Excelencia pueda realizar su labor con una perspectiva de evaluación tanto cualitativa como cuantitativa: por ejemplo, lo que se refiere a la evaluación de la trayectoria investigadora de la persona solicitante, en la que se deben evidenciar un claro liderazgo, relevancia científica, equilibrio y consolidación en el tiempo, logros acordes a los ejemplos recogidos en el Protocolo de evaluación. La narrativa que se incluya en el autoinforme, pero también en otros apartados de la solicitud (por ejemplo, en los Indicios de Calidad de la producción científica), permite explicar y contextualizar las contribuciones y logros asociados a las diferentes dimensiones que son susceptibles de evaluación. La narrativa es un elemento complementario relevante, pero no sustituye a la valoración de la calidad de las contribuciones aportadas mediante parámetros objetivables y evidenciables. Por ejemplo, la narrativa puede ser importante para motivar, justificar, describir la contribución realizada por la persona solicitante a publicaciones en la que participan múltiples autores y autoras, o para justificar el impacto científico y/ o social de sus publicaciones y proyectos cuando no es evidente-por medio, entre otras opciones, de las citas recibidas y por la internalización e impacto en medio de difusión.
17. -¿Puedo presentar más de un bloque de cinco años?
Si. La aplicación informática le permite incluir diferentes bloques de años. Pudiendo ser estos mayores a tres meses y máximo de cinco años.
18.- Si quiero solicitar la evaluación de un bloque de cinco años, pero además tengo otros dos años que quiero someter a evaluación. ¿Qué sucede?
El resto de los años o meses que no entren dentro del bloque de cinco años también serán objeto de evaluación. La aplicación informática ofrecerá una pestaña donde poder incluirlos.
Si resulta un periodo menor o igual a tres meses, se incluirá en el último bloque existente.
Si resulta un periodo mayor de tres meses, se creará un nuevo bloque donde podrá incluirse.
19.- ¿Cuál es la puntuación máxima por bloque de 5 años? ¿Y los bloques que no llegan a los 5 años?
La puntuación máxima por bloque de 5 años es 27. Si la solicitud tiene un tramo de evaluación superior a 5 años, dicho tramo se dividirá en bloques de 5 años, por lo que la puntuación máxima para quien solicite un bloque inferior a 5 años será la parte entera de la proporción.
Por ello, se tendrán en cuenta en su conjunto los tres apartados: investigación, transferencia de conocimiento y divulgación, Docencia, Gestión.
Por ejemplo:
Si una persona solicita la evaluación de un bloque de 5 años y otro bloque de 2 años el máximo de puntuación que podrá obtener por apartados para la parte “residual” será la parte entera de 27×2/5, que es 10 puntos.
La misma proporción se aplica únicamente en los máximos por apartados de investigación, transferencia y divulgación: 23×2/5= 9 puntos máximos, docencia: 20×2/5=8 puntos y gestión: 9×2/5=3 puntos.
Méritos
20.- ¿Si entrego la justificación de determinados méritos, pero no indico dichos méritos en la propia solicitud, se tendrán en cuenta en la evaluación?
No, solamente se tendrán en cuenta los méritos indicados en la solicitud y que estén correctamente justificados.
21.- ¿Debo justificar todos los méritos que se incluyen en la solicitud?
Sí. Se deben justificar todos los méritos que se incluyan en la solicitud, excepto publicaciones en las que será suficiente indicar los datos que permitan su localización (DOI, ISBN) y los índices de calidad en cuyos casos bastará con mencionar su ISBN o ISSN junto a los indicios de calidad.
22.- ¿Qué debo incluir en el apartado de Indicios de Calidad de la producción científica?
En este apartado se debe incluir información breve, pero diversa, sobre la calidad o relevancia de dicha producción para que los Comités de Evaluación puedan realizar su labor con una perspectiva de evaluación tanto cualitativa como cuantitativa.
Además de los indicadores cuantitativos habituales (sobre los que los servicios de biblioteca y/o bibliometría de las universidades ofrecen asesoramiento), se recomienda incluir una narrativa breve que explique y contextualice la contribución.
La narrativa ayuda tanto a la autoevaluación como a la evaluación externa de distintas dimensiones que son inherentes a la calidad de la producción científica, tales como su originalidad, su impacto o su contribución al avance del conocimiento científico-técnico. La narrativa es un elemento complementario importante, pero no sustituye a la valoración de la calidad de las contribuciones aportadas haciendo uso de los parámetros objetivables y evidenciables reconocidos en cada campo. La narración puede ser especialmente importante para motivar, describir y contextualizar algunas contribuciones realizadas por la persona solicitante; por ejemplo, la aportación de la persona solicitante a las publicaciones en las que participan múltiples autores y autoras o para justificar el impacto científico y/o social de publicaciones cuando no resulte evidente a través, entre otros, de los indicadores de citas recibidas o el impacto del medio de difusión.
En todo caso se hará un uso responsable de las fuentes de referencia y métricas de evaluación, tanto cuantitativas (por ejemplo, los indicadores bibliométricos normalizados) como cualitativas.
23.- ¿Qué tipo de proyectos y grupos serán valorados en el subapartado 1.1.2?
En cuanto a las actividades colectivas de investigación, en lo que se refiere a los proyectos y grupos de investigación se considerarán únicamente los proyectos y grupos de convocatorias competitivas que sean exclusivamente de investigación científico-académica, en los que la persona solicitante haya participado en el proyecto o grupo en razón de su vinculación y encargo investigador universitario y con financiación íntegra de los entes convocantes; deberán ser proyectos y grupos incluidos en programas competitivos de investigación de la Unión Europea, de otros organismos o instituciones internacionales de relevancia científica (NSF, Fullbright, etc.), de los Planes Estatales, de los de las Comunidades Autónomas (en la CAPV, los grupos de investigación del sistema universitario vasco y en otras CCAA los que sean equiparables, siempre y cuando acrediten un nivel de exigencia y concurrencia equiparables) y de otros entes u organismos públicos similares, debiendo estar sometidos todos ellos a evaluación externa por una agencia de evaluación externa acreditada. En casos muy excepcionales, dada su relevancia y prestigio en el ámbito específico, se podrán considerar proyectos o grupos que cumplan con los requisitos señalados y que sean convocados por organismos privados de extraordinaria relevancia en el campo de conocimiento, pero deberá siempre tratarse de proyectos o grupos de investigación competitivos y exclusivamente de investigación.
24.- ¿Puedo incluir como mérito la evaluación positiva de una solicitud de grupo de investigación que sin embargo no obtuvo financiación?
Los proyectos, grupos redes o similares que hayan recibido una evaluación positiva, pero que no hayan recibido una financiación específica no serán valorados.
25.- ¿Cómo debo justificar los proyectos, contratos, grupos y redes de investigación o mi participación en un proyecto de investigación y en un contrato tramitado a través de la OTRI?
Se adjuntará una copia del certificado de la universidad o del órgano convocante en el que conste de modo especifico la participación de la persona solicitante en el equipo de trabajo y el importe de la financiación.
Tal y como se recoge en la Guía de ayuda la justificación de los proyectos con la firma del o de la IP no será válida, tan solo se aceptarán certificados emitidos a nivel institucional por órganos competentes. Por el contrario, no se aceptarán autocertificaciones ni certificaciones realizadas por personas físicas u órganos no competentes.
26.- ¿Cómo puedo justificar la participación en proyectos como persona contratada (en el caso de no ser IP)?
En el caso de no ser IP (Investigador Principal o Investigadora Principal) para justificar el mérito puede presentar una copia firmada por la entidad convocante, o por la entidad con capacidad para gestionar contratos de investigación con personal universitario.
27.- ¿Qué es una revista indexada?
Una revista indexada es una publicación incluida en bases de datos que cumplen ciertos criterios de calidad. Es decir, debe pasar por un proceso de selección que se realiza de acuerdo con criterios de calidad previamente definidos. El factor de impacto es uno de los criterios más empleados en la actualidad para valorar las revistas científicas.
28.- ¿Se debe señalar en todas las publicaciones el índice de impacto de la revista? ¿Hay alguna base de datos en Internet que lo facilite?
Es muy importante indicar el índice de impacto de la revista. Para algunos campos de conocimiento las revistas indexadas pueden consultarse en la «WEB OF SCIENCE»: https://www.recursoscientificos.fecyt.es/. Para obtener información sobre los índices de impacto, la posición que ocupa una revista entre las de su especialidad, etc., puede dirigirse a los servicios de biblioteca de la UPV/EHU.
Los indicios de calidad de las revistas se refieren a diferentes aspectos, entre ellos: factor de Impacto (FI), categoría o categorías en las cuales se incluye la publicación, posición de la revista en su categoría, cuartil, número de citas.
En el caso de los libros: prestigio de la editorial, número de citas que recibe un libro, etc.
IMPORTANTE: *Solo se tendrán en cuenta las publicaciones que tengan indicios de calidad
29.- ¿Qué diferencia hay entre una “Ponencia” o “Comunicación” y una “Ponencia Plenaria” en un congreso?
“Ponencia” y “Comunicación” son aportaciones que son presentadas al Comité Organizador de un Congreso y que este puede aceptar o no; mientras que una “Ponencia Plenaria” es una ponencia que ocupa un lugar prominente en un congreso o una reunión académica, contado con la invitación expresa del Comité Científico Organizador a la persona solicitante en calidad de persona experta para su intervención plenaria. Una “Ponencia Plenaria” no es equivalente a una “Ponencia invitada”, que salvo una acreditación fehaciente relacionada con un Congreso de indudable tradición se identifica con una mera “Ponencia”.
30.- ¿Cómo justifico los congresos?
Con el acta del congreso o con un certificado que indique la participación en el mismo.
31.- ¿Qué año se debe considerar para reseñar el índice de impacto o posición en el ranking de una publicación en una revista?
Para indicar los datos de la revista en la que aparece publicado el artículo que se señala como mérito hay que referirse al año en que se produce la publicación, o en su defecto, en el caso de los artículos recientemente publicados para los que no conste el impacto de dicho año, el año más próximo.
32.- ¿Las publicaciones en conferencia pueden incorporarse en el apartado 1.1.1.?
No, deben incorporarse en el apartado 1.1.3. aunque estén publicadas como proceedings.
33.- ¿Las tesis y los proceedings de conferencias pueden considerarse como libros?
No, no pueden tener esa consideración.
34.- Si solicito la evaluación del tramo A1o A2 y cuento con 100 puntos obtenidos en convocatorias anteriores, ¿tengo que cumplimentar todos los apartados de la solicitud en la aplicación informática?
No, si usted cuenta con 100 puntos en convocatorias anteriores, únicamente deberá cumplimentar los méritos necesarios para el acceso a los tramos del nivel A (A1/A2).
35.- He participado en el programa Docentiaz con el objeto de que sea evaluada mi actividad docente para el período 2019-2024, ¿puedo incluir este mérito pese a que la resolución sea posterior a diciembre de 2025 (fecha fin de presentación de méritos)?
Si, de manera excepcional podrá incluir el certificado que acredite su evaluación de Docentiaz si los años evaluados son anteriores a 31 de diciembre de 2025 20224. Para la evaluación del mérito Docentiaz en próximas convocatorias no podrá incluir de nuevo este mérito por considerar este evaluado.
36.- ¿Si solicito la evaluación de tramo A1 y cuento con un certificado de la UPV/EHU que indica el reconocimiento de mi último sexenio a fecha 01/01/2026 , puedo incluirlo en la solicitud?
Si, usted puede incluir este certificado siempre que los años que componen el tramo del sexenio reconocido sea hasta el año 2025.
37.- ¿Si solicito por primera vez la evaluación de toda mi vida académica, cual tengo que considerar que es la fecha de inicio de evaluación?
Para solicitar el B1 puede incluir los méritos de toda su vida académica, independientemente a la fecha de inicio de contrato con EHU. Dependiendo que fecha de inicio para la evaluación indique se le generaran diferentes bloques hasta la fecha que indique la convocatoria. Si la solicitud tiene un periodo de evaluación superior a 5 años, dicho periodo se dividirá en bloques de 5 años, por lo que la puntuación máxima para quien solicite un bloque inferior a 5 años será la parte proporcional de la parte total, para obtener el máximo de puntuación establecido en el protocolo de evaluación en cada apartado, los bloques de evaluación deberán de ser de 5 años.


