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Resurso:

¿EXISTE UN PLAZO PARA INTERPONER EL RECURSO DE REPOSICIÓN?

Si, potestativo de reposición en el plazo de 1 mes a contar desde el día siguiente a recibir su notificación de Resolución.

¿DÓNDE Y ANTE QUIÉN SE INTERPONE EL RECURSO DE REPOSICIÓN?

El recurso podrá interponerse ante el órgano que dictó el acto que se impugna a través de la sede electrónica del Gobierno Vasco. En el mismo expediente de la administración electrónica, pulsando el botón del recurso y siguiendo las instrucciones, pudiendo adjuntar más documentos pulsando «aportar documentación». La resolución del recurso será también por la misma vía. Una vez registrado en la sede electrónica se enviará a Aneca-CNEAI para su revisión.

DATOS REQUERIDOS PARA CUMPLIMENTAR UN RECURSO DE REPOSICIÓN:

Las indicadas en la sede electrónica del Gobierno Vasco.

 


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