
Profesorado
Investigación
Convocatoria Sexenios
Convocatoria Sexenios
Evaluación de la actividad investigadora – 2020
Resolución de 22 de diciembre de 2020, del Director de Unibasq, por la que se fija el procedimiento y el plazo de presentación de solicitudes, del 11 al 31 de enero de 2021, para la evaluación de la actividad investigadora del profesorado con contrato laboral de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea aprobado mediante acuerdo de 26 de octubre de 2020, del Consejo de Gobierno de Unibasq- Agencia de Calidad del Sistema Universitario Vasco.
- Criterios de Evaluación
- Tasa. Nuevo – El pago de la tasa se podrá hacer de manera online a través de la sede electrónica del Gobierno Vasco desde «Mi Carpeta», una vez finalizada la solicitud dentro del plazo de convocatoria.
- FAQ-Preguntas Frecuentes
- Guía de ayuda para cumplimentar la solicitud
- Guía de uso de «Mi Carpeta» de la Administración Electrónica
- Notificación de los resultados
- Recurso de reposición
- Solicitud de la CNEAI
- Formalización de la solicitud – Solamente se admitirán solicitudes formalizadas a través de la Administración Electrónica
Correo electrónico de la CNEAI para consultas: ayuda.cneai@aneca.es
Convocatoria Ikertramos
Convocatoria Ikertramos
Ikertramos es un programa para la evaluación de la actividad investigadora y está dirigido al profesorado no permanente o personal investigador, que se encuentre en servicio activo. Para poder optar a la evaluación se requerirá un previo acuerdo, convenio o encomienda de gestión entre Unibasq y la universidad u organismo de investigación, que será la que realice las convocatorias.
Contacto: egiaztapena@unibasq.eus
Convocatoria Iker22
Convocatoria Iker22
El artículo 22 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, establece que el personal laboral contratado con arreglo a la misma, podrá, a partir de la finalización del segundo año de contrato, someter a evaluación la actividad investigadora desarrollada.
Este procedimiento está dirigido a que el personal contratado por una universidad pública o por un organismo de investigación de una Administración Pública diferente a la Administración General del Estado, pueda realizar la evaluación a la que se refiere el artículo 22 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. Para ello se requerirá un previo acuerdo, convenio o encomienda de gestión entre Unibasq y la universidad u organismo de investigación, que será la que realice las convocatorias.
- Protocolo.
- Criterios.
- Comités de evaluación
- Tasa
- Preguntas frecuentes
- Acceso a la aplicación informática
Contacto: egiaztapena@unibasq.eus